Por la presente se informa de los requisitos, plazos y a quien va dirigidas las “Ayudas urgentes a los autónomos de la Comunitat Valenciana afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19”
Requisitos:
- Haber estado dado de alta de forma ininterrumpida en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como mínimo entre le 31 de diciembre de 2019 y el 14 de marzo de 2020.
- Pueden optar a las ayudas, aquellas actividades económicas cuya actividad quedo suspendida por el Decreto de Alarma (Real Decreto 463/2020). O haber reducido la facturación correspondiente al mes anterior a la solicitud de la ayuda en , al menos un 75% respecto al promedio facturado en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. Se de cumplir uno de los requisitos.
- Tener domicilio en la Comunitat Valenciana.
- Haber obtenido rendimientos netos de la actividad económica en 2019 de hasta 30.000 €. Los que hubieran obtenidos rendimientos netos superiores no podrán solicitarla.
- Estar al corriente con la Seg. Social y con la Agencia Tributaria. Quienes no se encuentren al día no podrán optar a la ayuda.
- No podrá solicitar la ayuda, si es autónomo y a la vez estar contratado por cuenta ajena, desde el 14 de marzo de 2020.
- Podrán acceder a la ayuda cualquier trabajador autónomo, siempre que cumplan los requisitos (societarios, colaboradores y económicamente dependientes).
- No podrán acceder a la ayuda los autónomos que no estén de alta en el RETA.
- La subvención de la Comunitat Valenciana es únicamente compatible con la bonificación de las cuotas de la Seg. Social y con la prestación extraordinaria para trabajadores autónomos ocasionada por la crisis del COVID-19. No será compatible con subvenciones de ayuntamientos u otras entidades con este mismo objeto.
- Los plazos de presentación de las solicitudes se iniciaran desde el 8 de abril de 2020 hasta el 3 de mayo de 2020. O mientras existan fondos para la misma.
- La solicitud deberá presentarse únicamente a través del procedimiento telemático denominado “EAUCOV 2020 Ayuda extraordinaria a personas trabajadoras autónomas COVID19”
- Los modelos para presentar la solicitud están en el siguiente enlace:
La cuantía de la ayuda individualizada ascenderá a 1.500 euros en concepto de lucro cesante para las personas trabajadoras en régimen de autónomo obligadas al cierre como consecuencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo; y de 750 euros para las actividades que demuestren una reducción del 75% en sus ingresos en el mes anterior a la solicitud con la media de los últimos 6 meses.